SUCIVE: DESVINCULACIÓN DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES
- Mendive, López & Rodríguez

- 21 mar 2023
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Mediante circular Nº 27/2022 dictada en el Congreso de Intendentes de fecha 21 de noviembre de 2022, se resolvió la posibilidad de que todos los contribuyentes puedan desvincularse de vehículos automotores ya enajenados tras la presentación de una declaración jurada con certificación notarial de firmas ante la Intendencia correspondiente, por el plazo de 180 días a partir del 30 de junio de 2022.
Por circular Nº 31/2022, la Comisión de Seguimiento del SUCIVE, decidió prorrogar el plazo que habilita la desvinculación, pudiendo presentarse la declaración jurada hasta el 30 de marzo de 2023. En caso de que el contribuyente no se presente a solicitar la desvinculación dentro del plazo establecido, será responsable de todos los tributos y multas que haya generado, al igual que de las responsabilidades civiles y penales.
Actualización 02/05/2023: Dicho plazo fue prorrogado hasta el 30 de junio de 2023.


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