¿Deben los padres pagar el Colegio de durante el período de suspención de clases presencial
- Mendive, López & Rodríguez

- 5 feb 2021
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COVID-19 Y CUOTAS DE COLEGIOS
Ante a la irrupción del Covid-19 en nuestro país una de las primeras medidas que dispuso el Gobierno fue la suspensión de clases por quince días, lo cual luego se extendió por un tiempo indeterminado.
Las instituciones educativas procuran continuar funcionando a través de plataformas, aunque, indudablemente, la prestación y los costos se ven reducidos.
Los padres se preguntan si deben seguir pagando la cuota del mismo modo que cuando los colegios funcionan normalmente.
Ello es relevante, no sólo por la disminución de los servicios educativos recibidos, sino también porque muchas familias han visto afectados sus ingresos.
Las instituciones educativas no son responsables por la suspensión de clases presenciales, ya que ello se debe a una orden estatal.
Es lo que se conoce como causa de fuerza mayor. Sin embargo, al ser su obligación “de hacer”, también los padres tienen derecho a la reducción del monto de la cuota en el mismo porcentaje en que se ve reducida la prestación del colegio, según establece el segundo inciso del artículo 1557 del Código Civil.
En sintonía con ello, muchas instituciones ya han resuelto efectuar descuentos de la cuota durante los meses en que perdure esta situación.


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